¿Un empleado ingresó a trabajar el 01/07/2021 y quiere tomarse 10 días a partir del 26/01/2022, esto es correcto? ¿Cuántos días le corresponderían por ley?
Si tiene más de la mitad de los días hábiles del año (incluye feriados) le corresponden 14 días, si ingreso el 01/07/2021 tiene 14 días corridos de vacaciones. >
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¿Hasta cuándo se pueden acumular vacaciones si el empleado no se tomó la totalidad de sus días?
Ejemplo: tiene 21 días del 2020 y sólo a hoy se tomó 14 días.
Esos 7 días pendientes del 2020, cuándo los pierde? ¿O se acumulan sin problema?
La situación es la siguiente, el empleador tiene que notificar al trabajador del goce total de su licencia, o sea los 21 días corridos, si no lo hace el trabajador puede tomárselos previa intimación/notificación al empleador. Ahora, si el empleador no lo notifica y acepta porque también le conviene que fraccione sus vacaciones,... >
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¿Para el cálculo de las vacaciones no gozadas por renuncia del trabajador, se divide por 25 y se multiplica por la cantidad de días proporcionales, pero qué valor se toma, el mejor sueldo o el valor básico del sueldo?
La base de cálculo para las vacaciones, es el sueldo bruto del mes del otorgamiento (sueldo básico más adicionales). >
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¿Si un empleado no se tomó las vacaciones por ejemplo las del 2020 y las del 2019, ni tampoco las cobró, cuándo pierde el derecho a tomarselas?
Las vacaciones las otorga el empleador entre octubre y abril de cada año. Es obligación del empleador notificar al trabajador que se tome las vacaciones. Si llegado abril no las gozó y el trabajador no las reclama, caduca su derecho al 31/05. En caso de un reclamo judicial, no se acepta la caducidad del derecho. >
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Una empresa del CCT Nº 130/75 que trabaja de lunes a sábados, quiere cerrar desde el 24/12/21 al 02/01/2022 y otorgarle vacaciones a todos los trabajadores. ¿Puede hacerlo notificando de manera escrita teniendo en cuenta que comenzarían un día viernes? ¿Se puede hacer una excepción?
Las vacaciones comienzan un día lunes, si el lunes es feriado, se inician el día martes y serán 14 días corridos (o los que correspondan por antigüedad). La notificación del inicio de la licencia es de 60 días mínimos de anticipación. >
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Según la LCT sólo puede trasladarse al año siguiente 1/3 de las vacaciones en caso que el empleado no se hubiera tomado las vacaciones completas que le corresponden. Ahora bien, ¿si ese empleado que trasladó ese tercio, al año siguiente tampoco se toma vacaciones, los tercios que se trasladan se pueden acumular o directamente se van perdiendo?
El empleador tiene que notificar el goce de las vacaciones con 60 días de anticipación, si el trabajador no se las toma (estando notificado) las perdería, porque hasta fines de mayo puede reclamarlas. >
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¿Para pagar vacaciones trabajadas, el pago se realiza por afuera, cómo se liquidan en general?
La ley prohíbe compensar las vacaciones con dinero. Se liquidan igual los días de vacaciones (/25) y a parte se pagan los días de trabajo normales.
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¿Corresponde liquidar vacaciones a un empleado que no trabajó por decreto más de un año, por ser mayor de 60 años y tener diabetes, desde el 16/03/2020 incorporándose el 26/5/2021?
Lo que tuvo el trabajador es una dispensa legal para no realizar trabajos presenciales, entiendo que se considera tiempo trabajado y devenga vacaciones. >
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¿Cómo se calcula el promedio de horas extras para un empleado jornalizado de UOM?
Se tiene que sumar el valor liquidado por horas extras en el semestre y se lo divide por las horas normales trabajadas en ese semestre.
Lo que obtiene es plus valor hora que se multiplica por la jornada del trabajador y los días de vacaciones y se suma al anticipo vacaciones. >
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¿Cómo se calculan los días de vacaciones no gozadas? ¿¿Qué cálculo se hace según la cantidad de días trabajados?
En caso de vacaciones no gozadas proporcionales, se calcula 1 día de vacaciones cada 20 días efectivamente trabajados.
Fuente: art. 153 y 156 LCT >
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¿Para liquidar las vacaciones 2020 en Marzo 2021 de un empleado de comercio, debo tomar las dos asignaciones no remunerativas (Acuerdo 2020 y revision ac. 2020)?
De acuerdo a la nota aclaratoria emitida por Faecys donde establece su calidad de remuneración a las ANR, correspondería que se la incluya en la base de cálculo de las vacaciones.
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¿A una persona que ingresó a trabajar el 25/09/2020 y renuncia el 12/03/2021 le corresponde que se le liquiden vacaciones?
Si, tiene un día de vacaciones cada 20 días efectivamente trabajados. Se liquidan como vacaciones no gozadas, son no remunerativas. >
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En el caso de empleados jornalizados en el Convenio UOM que durante sus vacaciones cae un feriado, ¿los empleados se deben reintegrar un día después? ¿O sólo se les abona el feriado pero no se corren las vacaciones?
Si las vacaciones empiezan un lunes y ese lunes es feriado, se corre al martes el inicio de las mismas. Si cae un feriado en el medio queda subsumido por la licencia. >
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¿Para el cálculo de las vacaciones de los empleados de comercio se tienen que tener en cuenta las asignaciones no remunerativas del 21% y los pagos no remunerativos de $ 5.000 por mes?
De acuerdo a la nota aclaratoria emitida por Faecys, es remuneración (a pesar del carácter no remunerativo), por ende, son base de cálculo de las vacaciones. >
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Tenemos un empleado que está de vacaciones y por contacto con un familiar con COVID está aislado.
¿Se suspenden las vacaciones?
Entiendo que las vacaciones sólo se suspenden por enfermedad (en este caso entraría si es positivo covid19).
Por jurisprudencia, las vacaciones se suspenden por enfermedad inculpable, pero el trabajador está aislado (aún en su hogar), se asimilaría a una enfermedad porque este aislamiento es preventivo. >
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Una empleada administrativa de un taller mecánico consulta si puede tomarse las vacaciones del 2020 despues de Abril 2021, ya que su marido trabaja en UOCRA y el se las tomará en Junio
¿Hay algún inconveniente, puede ponerse de acuerdo con su empleador y firmar algo?
Si el empleador está de acuerdo, podría a solicitud por escrito de la trabajadora aceptar que se tome las vacaciones en el mes de junio. >
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¿Cómo es el cálculo de las vacaciones del gremio choferes de transporte de carga?
Se divide por 24 si es mensualizado y tiene que promediar todas las remuneraciones variables de los últimos 6 meses, para sumarlo a la base de cálculo. A parte tienen el adicional 3.3.2 $879,43 por cada dia de vacaciones, es remunerativo. >
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A un empleado se le otorga vacaciones del 28/12 al 11 de enero, en el mes de enero cambia el valor horario de operarios, ¿debo colocarle desde enero valor actualizado en la liquidación?
En realidad la ley dice que las vacaciones se liquidan con el valor del haber del mes del otorgamiento. En el caso de jornalizado el valor hora previo al otorgamiento.
Fuente: Art. 155. "Retribución.
El trabajador percibirá retribución durante el período de vacaciones, la que se determinará de la siguiente manera:
a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo... >
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¿A una empleada que ingresó el 04/03/2020 y renuncia el 03/11/2020, cuántos días de vacaciones le corresponden liquidar como "Vac no Gozadas"? ¿14 días o 1 día cada 20 trabajados?
Corresponde un día cada veinte días efectivamente trabajados. >
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¿Hay algún tratamiento especial que darle a las vacaciones en este momento, ya sea para el caso de que el empleado quiera gozarlas en este momento, como para el caso de que no quiera?
Si la empresa se encuentra funcionando (o sea no es una actividad que no puede abrir) puede darle las vacaciones al personal.
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¿Hay alguna prohibición de otorgar la licencia vacacional a partir del mes de octubre de 2020?
Mientras la empresa se encuentre trabajando y el trabajador no esté dispensado del deber de asistencia, puede comunicar el otorgamiento de la licencia anual con la debida anticipación legal o convencional. >
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